CCOO-RLR
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viernes, 18 de octubre de 2013
COMISIÓN NEGOCIADORA DEL X CONVENIO RLR
COMUNICADO Nº 16 - 2013
Después de dos reuniones sin acuerdo de la Comisión Paritaria sobre la forma de aplicar la subida salarial en la refinería La Rábida, se reunió ayer día 17 de octubre de 2013, la Comisión Negociadora del Convenio (formada por los sindicatos con representación en el Comité de los Trabajadores: SU, UGT y CCOO), sin que tampoco haya sido posible llegar a un acuerdo.
Las diferencias están en las distintas interpretaciones que hace la Empresa y los representantes de los trabajadores sobre la forma de aplicar en nuestro centro la subida del convenio de Cepsa (que fue la que se fijó en el convenio de la RLR para el año 2.013).
En el convenio de Cepsa se han fijado la subida en dos partes separadas;
- Una fija del 0,75% sobre las tablas de salarios y complementos del año ante-rior.
- Una parte adicional variable en función de unos nuevos objetivos: que puede variar según la siguiente tabla, y que no se consolida, sino que va a una especie de paga única a cobrar en Mayo del año siguiente (a semejanza del PR, participación en resultados):
o Hasta el 70%: = 0.000 % de objetivos
o De > 70% a <100% = 0,375 % de objetivos
o 100 a < 150% = 0,750 % de objetivos
o 150 % = 1,125 % de objetivos
En Cepsa tienen establecida en su convenio la subida del fijo en una serie de salarios y complementos de acuerdo con su estructura salarial, que coincide en algunos puntos con la del Convenio Colectivo de Cepsa Refinería La Rábida, o en un conjunto de conceptos, como los pluses relacionados con el turno.
En una primera reunión de la Comisión Paritaria (formada por 4 miembros de ca-da parte), la representación social creía iba a asistir a un acto de puro trámite, para fijar las subidas salariales, pero nos encontramos con la sorpresa de que la Empresa decía que no nos correspondía la subida adicional, aunque después de un largo receso de consultas aceptan que se nos aplique, pero sólo a los mismos conceptos que aparecen en el convenio de Cepsa, que no es aceptado por la representación de los trabajadores, ya que excluye a las Horas Extra (HE), pluses de doblaje, pluses de llamadas, Participación de Resultados (PR), Plus de Desempeño Profesional (PDP), ejercicios Contra Incendios, disponibilidades, plus de polivalencia, etc.
En otra segunda reunión de la Comisión Paritaria tampoco se llega a un acuerdo, aunque la Empresa retira de palabra su listado de salarios y complementos de Cepsa y nos dice que está dispuesta a que se suban los complementos del con-venio de la RLR homólogos a los de Cepsa. Al final, decidimos que la Empresa haga su propuesta a la Comisión Negociadora del Convenio, mucho más extensa (13 miembros de cada parte) y que esta tome la decisión que corresponda.
Ayer se reunió la Comisión Negociadora y la Empresa ofreció una redacción que en síntesis sobre este punto hace referencia a que el % adicional “se aplicará sobre los conceptos salariales establecidos en el convenio general de CEPSA 2013-2014 en esta materia, que resulten homólogos a los recogidos en el Conve-nio CEPSA Refinería La Rábida, y conforme a los criterios pactados en aquél, en el valor correspondiente al ejercicio económico 2013, dando como resultado una Retribución Adicional”.
Dice la Empresa que no intenta ahorrarse un duro, y que cuando se aclare en Cepsa si esa subida adicional se aplica también a las HE, PDP y PR, se aplicará con esos mismos criterios en la RLR. Por otra parte la Empresa en su propuesta aprovecha para quitar de la cláusula 77) la revisión del IPC correspondiente al año 2013, ya que cuando se firmó el convenio en Cepsa RLR no se sabía que se iba a fijar una subida fija del 0,75% más un % adicional, sin referencia al IPC.
La Representación Sindical prefiere esperar a que aclare la situación en Cepsa, y defiende que lo que se ha fijado en el convenio de la RLR es un porcentaje de subida, el mismo que se aplica en Cepsa, y en consecuencia el 0,75% se debe aplicar sobre los conceptos que suben lo mismo que los salarios y ese es el crite-rio que hay que seguir con el % adicional, independientemente de los complementos que suban en Cepsa, que no son los mismos que los nuestros.
La Empresa no está dispuesta, como le hemos pedido, a que aplique la subida del 0,75% fijo, y pague en Octubre los atrasos de Enero a Diciembre, porque dice que necesita cerrar la modificación de las dos cláusulas afectadas: 76) y 77).
En Cepsa, sí van a pagar los atrasos y la subida del 2013. Recordamos que el % adicional, si se llega a un mínimo de cumplimiento de objetivos del 2.013 del 70% no se pagaría hasta Mayo del 2.014.
Lamentamos esta actitud de la Empresa, pero no podemos renunciar a que se nos aplique el porcentaje que nos corresponda a todos los complementos del convenio de RLR que no tengan una subida especial.
Seguiremos informando.
La Rábida, 18 de Octubre de 2.013
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A ver si tenemos en RLR un convenio diferente al convenio general cepsa, podeis explicarme POR QUE nuestra subida salarial depende de lo que ellos acuerden??? No tiene ni pies ni cabeza!!! no lo entiendo. Por ejemplo imaginad que el convenio GENERAL CEPSA al renovar su convenio deciden y acuerdan subir un nivel en la clasificacion profesional a todo el personal y revision subida anual del 0%...!!!.........COMO consecuencia aqui tendriamos una subida salarial del 0%.
ResponderEliminarA ver si me explico mejor para que me entendais (que yo que me explico regular y algunos que......) a lo que voy, el CONVENIO GENERAL CEPSA negocia muchos puntos y uno de esos puntos es la revision salarial, es decir que podrian sacrificar a lo mejor subida en la revision salarial por conseguir otros puntos y que el balance final les sea positivo....
Y ahora NOSOTROS negociamos nuestro convenio Y nuestra subida salarial DEPENDE de lo que hayan negociado OTROS en UN CONTEXTO DE ELLOS??????? NO LO ENTIENDO....
Y todo esto ratifica mi opnion que lo unico que estamos haciendo es el gilipollas, que lo que deberiamos de hacer es unirnos de una p.... vez al convenio general Cepsa y tener las mismas condiciones que son MUY SUPERIORES....ya esta bien...
Creo que el del comentario anteriot no ha entendido nada, a veces las actitudes cicateras nublan el entendimiento.
ResponderEliminarLo que entiendo, y que me corrijan si me equivoco, es que la empresa no nos quieren pagar tal y como viene en nuestro convenio porque nuestra subida porcentual es mayor que en el grupo. Y es asi, porque a los valores a los que se aplica nuestra subida porcentual son de mayor cuantia
Convenio general? Con madrid con amenazas de una carta de garantia poco menos que colectiva, para pasar a cepsa global y tenerife parada?
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